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Clase de Geografía en la Universidad de Girona
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Centro Universitario de la Defensa (Alcalá)

Universidad de Alcalá


Centro Universitario de la Defensa (Alcalá)

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El concepto de defensa nacional se fundamenta en la Constitución española y vincula a toda la sociedad en la salvaguarda de la soberanía e intereses nacionales.

Concierne a todos los componentes del Estado: a los ciudadanos, como individuos; a la sociedad articulada a través de todos sus elementos constitutivos; y a los poderes públicos.

La Constitución asigna a las Fuerzas Armadas la misión de "garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

Establece también que corresponde al Rey -jefe del Estado y símbolo de su unidad y permanencia (art. 56.1)- el mando supremo de las Fuerzas Armadas (art. 62 h), así como, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz (art. 63.3).

Al Gobierno (art. 97), le corresponde dirigir "la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado".

Las Cortes Generales aprueban las leyes relativas a la Defensa, los créditos presupuestarios correspondientes y ejercen el control de la acción del Gobierno en materia de Defensa.

Asimismo, conceden la autorización previa para los tratados o convenios internacionales de carácter militar y debaten las líneas generales de la política de defensa y, singularmente, los planes de reclutamiento y modernización.

Se establece que, en particular, al Congreso de los Diputados le corresponde autorizar, con carácter previo, la participación de las Fuerzas Armadas fuera del territorio nacional.

Al ministro de Defensa le corresponde el desarrollo y ejecución de la política de Defensa.

Específicamente, asiste al presidente del Gobierno en la dirección estratégica de las operaciones militares y dirige la actuación de las Fuerzas Armadas bajo su autoridad. Además, determina y ejecuta la política militar, dirige la Administración Militar y desarrolla las directrices y disposiciones reglamentarias que adopte el Consejo de Ministros.